Hasta ahora, todos los intentos de cambiar -a peor- las condiciones del contrato laboral han demostrado su ineficacia en la creación de empleo. Una medida alternativa consistiría en transformar el subsidio por desempleo que reciben los desempleados mayores de 52 años, en un ingreso garantizado, compatible con los ingresos procedentes del trabajo que el ciudadano pudiera conseguir por su cuenta. Esto eliminaría la trampa del desempleo y el trabajo sumergido
La renta básica de ciudadanía (RBC), propuesta que cada vez gana más adeptos ante el fracaso del sistema de distribución de riqueza a través del mercado, es una medida que necesitaría ser implantada de forma gradual. Por un lado, es preciso vencer la resistencia ideológica al cambio de los valores propios de la centralidad del trabajo que impregnan la sociedad, pese a que el trabajo asalariado haya perdido de facto esa centralidad. El avance tecnológico, unido a la repugnancia de las grandes patronales a mantener elevados niveles de empleo digno, conducen hacia un horizonte donde cada vez será necesario un menor número de personas para mantener la producción de bienes y servicios. Por otro lado, la implantación de un ingreso garantizado de manera universal al conjunto de la población, requiere efectuar una reforma fiscal de cierta envergadura.
Esa gradualidad en la aplicación de la RBC podría comenzar por un sector de la población especialmente perjudicado por la avería general de la maquinaria del empleo: los desempleados que entran en la cincuentena. El decoro moral exige evitar cualquier tipo de demagogia a la hora de referirse a la situación de las personas que, después de haber entregado toda una vida de trabajo a la sociedad, pasan a formar parte de la legión de desempleados justo al entrar en la madurez. Sólo los cínicos se atreven a tachar de alegres vividores a estas personas porque perciben un subsidio de 420 euros al mes.
Porque nada viola tanto el principio de reciprocidad como el hecho de que la sociedad no sólo no recompense a estos ciudadanos por el doble esfuerzo laboral y contributivo realizado durante décadas, sino que, a mayor inri, los condene a vivir encerrados en la trampa del desempleo que constituye el subsidio para mayores de 52 años.
La maraña legal y administrativa que reglamenta las prestaciones sociales a estos cuatrocientoseuristas actúa con criterios miserables no sólo por las bajísimas cuantías de la ayuda, sino también por las draconianas condiciones que impone a los receptores. En la actualidad, la cuantía del subsidio por desempleo alcanza la fastuosa cifra de 420 euros mensuales por 12 pagas anuales, lo que sitúa la prestación por debajo del umbral de pobreza. Para percibir ese magro auxilio, el interesado ha de cumplir, entre otras severísimas condiciones, la de no obtener por otras fuentes rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
Por 'otras fuentes' se entienden rentas del capital, inmobiliarias, etc. Es decir, la prestación es compatible, por ejemplo, con los ingresos percibidos del alquiler de una vivienda, siempre dentro del mencionado límite, pero lo que se prohibe taxativamente es que esos ingresos adicionales permitidos provengan del desempeño de un trabajo.
El obsesivo afán administrativo de vigilar y castigar —utilizando la expresión foucaltiana— a los perceptores de prestaciones resulta superfluo en el caso de los desempleados que han entrado en la cincuentena. Como reconocen los altos cargos del Ministerio de Trabajo, no todos los desempleados que figuran en el registro de los servicios públicos de empleo tienen las mismas posibilidades de incorporarse a un trabajo. Por ello, en este organismo han elaborado un “índice de ocupabilidad” —la probabilidad de convertirse en ocupado— con el fin de depurar las cifras. El resultado es que la mitad de quienes figuran en el registro tienen baja o muy baja probabilidad de encontrar un empleo. Según declaró en 2008 el secretario general de Empleo, el 47 % de los 1,9 millones de desempleados que había entonces se encuentra en esa situación. “Buena parte de ellos son los prejubilados que están en situación de paro hasta que empiezan a cobrar la jubilación”. En resúmen, para los desempleados que han llegado a la edad madura —productores socialmente amortizados— la probabilidad de encontrar una ocupación remunerada se expresa en los dantescos términos escritos en las puertas del infierno: lasciate ogni speranza.
Una solución a este desafuero consistiría en liberalizar, ya que tan de moda está el verbo, este subsidio. Esto es, liberarlo de las absurdas trabas a las que ahora está sujeto para hacerlo compatible con la obtención de aquellos ingresos que el perceptor pudiera lograr por otros medios. Pues, como está en la mente de todos, tales ingresos es difícil que fueran a ser millonarios. En otras palabras, esto significa establecer alguna modalidad de renta básica ligada a la condición de ciudadanía para todos los mayores de 50 años, la edad laboralmente crítica. Se evitarían así situaciones tan demoledoras como las que se han puesto de relieve. Esto podría hacerse de forma gradual transformando el subsidio por desempleo en un ingreso mínimo no sujeto a la condición de trabajar pero tampoco sujeto a la prohibición de trabajar.
Se trataría de evitar que una persona que ha sido expulsada del mercado general de trabajo —y existe el suficiente convencimiento de que es harto improbable que pueda regresar al mismo en condiciones de empleo digno— sufra el castigo adicional de ver negada la posibilidad de complementar esa base mínima con el ingreso procedente de algún trabajo ocasional. El balance de estos ingresos puede evaluarse técnicamente a través de sencillas fórmulas fiscales como el impuesto negativo.
Llevar a cabo una reforma laboral de este tipo requiere, ante todo, terminar con una serie de prejuicios que han sido inoculados en la opinión pública por los escritores económicos a sueldo del neoliberalismo. Por ejemplo, uno de ellos, se refiere a las prestaciones por desempleo asimilándolas al crowding out, o 'efecto expulsión'. Una comparación absolutamente inexacta en términos conceptuales. Lo que en teoría económica se conoce como 'efecto expulsión' se refiere a "cualquier desplazamiento del sector privado ocasionado por la actuación del sector público en la economía. Supone una limitación importante en la aplicación de la política fiscal. Puede consistir, por ejemplo, en medidas legislativas y ejecutivas propuestas para impulsar al sector público, las cuales absorben una parte considerable del ahorro interno desplazando al sector privado".
Es decir, si el Gobierno llevara al Parlamento una ley para crear una empresa nacional de venta de helados al por menor, estaría invadiendo la iniciativa privada de los miles de pequeños vendedores que llevan al público esta golosina con sus carritos rodantes y puestos callejeros. Pero cuando el gobierno ayuda a los desempleados no está invadiendo ninguna competencia de la iniciativa privada, sino cumpliendo con la Declaración de los Derechos Humanos y la Constitución Española, que prevén que los Estados presten ayuda a las personas en situación de precariedad. Invadiría la iniciativa privada si estas ayudas estuvieran siendo prestadas por entidades privadas, por ejemplo el BBVA. Pero no hay indicios, por el momento, de que la acción social forme parte del egoísmo consustancial al comercio de bienes y servicios, incluidos los financieros.
Pero al negar la posibilidad de efectuar pequeños trabajos a los perceptores de las ayudas por desempleo, siendo éstas de cuantía tan baja que impiden sobrevivir en condiciones de cierta dignidad, lo único que se consigue es, o bien mantener a la gente atrapada en la trampa del desempleo, o inducir a muchos subsidiados a buscarse la vida obteniendo ingresos adicionales 'en negro' desarrollando actividades en la economía sumergida.
Una medida como la que acaba de presentarse (1), junto a los efectos positivos para la personas afectadas por ella, permitiría "blanquear" esos ingresos, lo que sería beneficioso para las cuentas públicas. Aparte de los resultados materiales, el incentivo público de la disposición a trabajar de las perceptores del subsidio acabaría con la insoportable monserga de los predicadores de los sacrosantos principios de la moral del trabajo, que consideran a los perceptores del subsidio como parados profesionales.
PS: Transcribo la reflexión de Agustí Soberano, presidente del comité ejecutivo nacional del Partido de los Pensionistas en Acción de Sant Cugat del Vallès
A ver si ven la diferencia: dos personas, ambos tienen 55 años y la empresa los prejubila. El primero pasará a cobrar tres millones de euros anuales hasta los 65, cuando se jubilará, eso sí, con una bonificación de 52 millones de euros. El segundo, dos años en el paro, buscando trabajo, pagándose durante tres años la cotización de su bolsillo, para poder acceder a una pensión digna.
A los 60 debe jubilarse forzosamente por no encontrar un trabajo, la pensión que recibirá se verá reducida un 30% de por vida. Supongo que la pensión del primero hará aumentar la media de las pensiones, para que así puedan vanagloriarse los señores del Gobierno. El aumento de las pensiones para el próximo año será del 1%, todo un esfuerzo gubernamental.
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(1) Ver la propuesta "Mayores y niños primero" del Observatorio de Renta Básica de Ciudadanía de Attac Madrid, que incluye esta medida junto con la generalización de una renta universal para niños menores de tres años y personas mayores de 60 años.
¡OTRA REFORMA LABORAL ES POSIBLE! Titular éste que sí sería una magnífica consigna contra los de Cuevas: ¿La mejor defensa?, un buen ataque: hay trincheras insostenibles por sobrepasadas, como la de rechazar el que sea preciso también aquí hoy alguna Reforma Laboral...
ResponderEliminarEntre todo nuestro entorno internacional hoy tenemos el mayor paro, la mayor temporalidad, la mayor pobreza relativa, el único caso con pérdidas del poder adquisitivo en salarios medios durante toda la década última, algunas de las mayores jornadas laborales, unas de las menores flexibilidades de horarios, algunas de las menores pensiones, uno de los salarios mínimo -y medio- peores... ¿pero aún así habrá quien pretenda que no se precisarían 'Reformas hoy Ninguna'?
En los Programas económicos de cierto partido con representación actual para el Congreso de Diputados –y que no se proclama, tan siquiera, de Izquierdas...- oímos el mes pasado, durante sus recientes 'Jornadas Económicas' de Llanes, la sana ristra de obviadas claridades anexa =
"Anclado todavía en instituciones heredadas del franquismo, el mercado de trabajo adolece de una fuerte segmentación y extraordinaria rigidez para los ajustes de salarios y empleo entre trabajadores fijos. Su Reforma se debe orientar hacia unificación de las condiciones jurídicas de empleo en todos los trabajadores, acabando así con la distinción entre los que cuentan con contratos indefinidos y los que están sujetos a una contratación de carácter temporal no causal.
Propugnamos, por ello, un alineamiento general para todos los aspectos laborales hacia las condiciones medias que prevalecen en aquellos países de la Unión Europea más afines al nivel de bienestar en que pretendemos consolidarnos:
- Mejorar balances globales entre seguridad y flexibilidad sin fomentar más intercambios por su inestabilidad;
- Exigir cumplimiento sin excepción de la Carta Social europea, en especial respecto altas en Seguridad Social y salario mínimo;
- Flexibilizar mercados de trabajo reduciendo toda judicialización e intervención excesiva de relaciones laborales, entendiéndolo como un concepto más amplio que las meras facilidades a disposición del empresariado para el despido improcedente de sus trabajadores;
- Aumentar eficiencia para la protección por desempleo con mejora en diseño de prestaciones y sus cuantías;
- Incentivar la movilidad geográfica y reducir todas las trabas entre Comunidades Autónomas;
- Reestructurar nuestra negociación colectiva, ligando más los incrementos salariales a las productividades e indiciando salarios con una inflación media anual, y no en otra de ningún mes, para que se atenúen efectos procíclicos por cláusula de revisión;
- Rebajar excesivas tolerancias con siniestros laborales implantando unos permisos -o nueva clasificación empresarial- por puntos, para su seguridad e higiene, que condicionen el nivel de subvenciones al que cada compañía pudiere acogerse;
- Propiciar en las jornadas laborales de los trabajadores más flexibilidad horaria, con posibilidades de su contratación 'a tiempo parcial' pero fija, especialmente útil para edades entrante o saliente del mercado;
- Favorecer los cruces desempleado-vacante del prejubilable parcial con algún primer empleo para joven mediante uso de políticas activas;
- Crear un organismo independiente para una evaluación sobre las políticas públicas del empleo y de la eficiencia con su gasto."
Como sufriente de un contrato a tiempo parcial, tengo que proponer lo siguiente:
ResponderEliminarSe está produciendo fraude en este tipo de contratación, el empresario contrata por horas y cotiza por esas mismas horas, pero se obliga al trabajador a una jornada muy superior y ... ésto con lentejas...
No es creible que se formalicen contratos de media hora, por ejemplo, cuándo todos sabemos que ese tiempo de trabajo es claramente insuficiente para el desempeño de cualquier actividad. Por lo tanto, el tiempo del contrato debe ser el que corresponda, sí, pero la cotización a la Seguridad Social no debe nunca rebajarse del 50% de un horario completo. ¡Qué no se va a arruinar el empresario por pagar esa cuota! Y, de alguna manera, reportará beneficio al trabajador abonando salario, aunque sea para que lo cobre en su jubilación.
Salud.
Y otro aspecto a considerar: quienes recibieran la mencionada renta deberían hacerlo al margen de que hubiesen o no cotizado. En Canadá existe -o existía hasta no hace mucho- una renta básica para los mayores de 65 años, y era un ingreso independiente de la pensión que cobrase la persona en función de su vida laboral previa.
ResponderEliminarPero mucho me temo que en España no llegaremos a ver algo así, por muy longevos que seamos...