Suena extraño en un país democrático. Pero las cosas son así: un desempleado que se encuentre percibiendo una prestación por desempleo no está autorizado por la Administración a permanecer fuera de las fronteras del Estado español por más de 15 días. Lo cual supone una clara vulneración del Artículo 14 de la Constitución: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razon de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Un día cualquiera, el ciudadano Pérez se presentó en una Oficina de Atención e Información de la Seguridad Social cuyo funcionamiento es bastante eficaz. Tras un tiempo de espera tan discreto que apenas dio para leer un par de páginas de La conjura de los necios, de John Kennedy Toole, en la pantalla electrónica brilló su número de turno junto a la indicación de la mesa donde sería atendido por una correctísima funcionaria.
- Buenos días, vengo a solicitar las tarjetas de asistencia sanitaria europea para mi mujer y para mí. Al efecto de ser atendidos, en caso de necesidad, en viaje de vacaciones por territorios de la Unión Europea.
- Muy bien, permítame sus tarjetas de la Seguridad Social
Tras teclear un rato en su terminal informática, la funcionaria le hace entrega de una sóla tarjeta.
- Aquí tiene, esta es la tarjeta de su esposa. La de usted no podemos expedirla dado que, al ser perceptor del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, no puede desplazarse al extranjero sin autorización previa del INEM. O sea, que deberá acudir a la oficina del INEM a la que usted esté adscrito y pedir alli dicho permiso.
Las oficinas del INEM son de apariencia mucho más cutre que las del resto de la Administración, incluido el guardia de seguridad privada cuyo pantalón rojo le confiere cierto aspecto circense. Procurando hacer abstracción de la deplorable estética, el ciudadano Pérez se persona en la Oficina donde le entregan un impreso de solicitud de autorización de salida al extranjero en el que se especifica que el tiempo maximo es de 15 días. Según la letra pequeña del impreso:
"El SPPE le informa que puede salir ocasionalmente al extranjero por un período máximo de 15 días naturales acumulados dentro de un año natural, sin que ello suponga la suspensión del derecho [a percibir la prestación]. En caso de acumular salidas al extranjero por un período superior a los 15 días autorizados, se procederá a suspender la prestación por desempleo de la que es usted beneficiario, tendiendo la citada salida consideración de traslado de residencia al extranjero a los efectos de la posible reanudación. Asimismo se le informa que deberá presentarse en esta Oficina el primer día hábil siguiente a aquel en que se cumpla el período máximo de 15 días desde la fecha en que se autorizó su salida al extranjero"
El ciudadano Pérez, desempleado de larguísima y estructural duración, que ahora frisa los 61 años, hace memoria. La última vez que precisó de una autorización del Estado para viajar al extranjero, fue allá por el año 1969, estando a la sazón en puertas de incorporarse a las filas del servicio militar obligatorio. Eran tiempos de dictadura franquista. Ahora, el ciudadano Pérez, en una supuesta democracia, es forzado a formar, en su lugar, descanso, en las filas del Ejército Industrial de Reserva.
Pues resulta que una "circunstancia personal o social", como es la circunstancia del desempleo, le impide gozar de la igualdad ante la ley. Viendo vulnerado su derecho constitucional a "entrar y salir libremente de España" (Art. 19) ve amenazada incluso la estabilidad conyugal, pues no podría acompañar en vacaciones a su esposa, que por suerte todavía dispone de un empleo.
¿Qué tropelía es esta? ¿Que sentido tiene esta absurda norma administrativa que repugna al ordenamiento constitucional? Sencillamente, satisfacer ese desmedido afán de la Administración por controlar a toda persona que se halle en situación de inferioridad de condiciones. Para mayor información, léase la obra Vigilar y castigar, del sociólogo francés Michel Foucault.
- Buenos días, vengo a solicitar las tarjetas de asistencia sanitaria europea para mi mujer y para mí. Al efecto de ser atendidos, en caso de necesidad, en viaje de vacaciones por territorios de la Unión Europea.
- Muy bien, permítame sus tarjetas de la Seguridad Social
Tras teclear un rato en su terminal informática, la funcionaria le hace entrega de una sóla tarjeta.
- Aquí tiene, esta es la tarjeta de su esposa. La de usted no podemos expedirla dado que, al ser perceptor del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, no puede desplazarse al extranjero sin autorización previa del INEM. O sea, que deberá acudir a la oficina del INEM a la que usted esté adscrito y pedir alli dicho permiso.
Las oficinas del INEM son de apariencia mucho más cutre que las del resto de la Administración, incluido el guardia de seguridad privada cuyo pantalón rojo le confiere cierto aspecto circense. Procurando hacer abstracción de la deplorable estética, el ciudadano Pérez se persona en la Oficina donde le entregan un impreso de solicitud de autorización de salida al extranjero en el que se especifica que el tiempo maximo es de 15 días. Según la letra pequeña del impreso:
"El SPPE le informa que puede salir ocasionalmente al extranjero por un período máximo de 15 días naturales acumulados dentro de un año natural, sin que ello suponga la suspensión del derecho [a percibir la prestación]. En caso de acumular salidas al extranjero por un período superior a los 15 días autorizados, se procederá a suspender la prestación por desempleo de la que es usted beneficiario, tendiendo la citada salida consideración de traslado de residencia al extranjero a los efectos de la posible reanudación. Asimismo se le informa que deberá presentarse en esta Oficina el primer día hábil siguiente a aquel en que se cumpla el período máximo de 15 días desde la fecha en que se autorizó su salida al extranjero"
El ciudadano Pérez, desempleado de larguísima y estructural duración, que ahora frisa los 61 años, hace memoria. La última vez que precisó de una autorización del Estado para viajar al extranjero, fue allá por el año 1969, estando a la sazón en puertas de incorporarse a las filas del servicio militar obligatorio. Eran tiempos de dictadura franquista. Ahora, el ciudadano Pérez, en una supuesta democracia, es forzado a formar, en su lugar, descanso, en las filas del Ejército Industrial de Reserva.
Pues resulta que una "circunstancia personal o social", como es la circunstancia del desempleo, le impide gozar de la igualdad ante la ley. Viendo vulnerado su derecho constitucional a "entrar y salir libremente de España" (Art. 19) ve amenazada incluso la estabilidad conyugal, pues no podría acompañar en vacaciones a su esposa, que por suerte todavía dispone de un empleo.
¿Qué tropelía es esta? ¿Que sentido tiene esta absurda norma administrativa que repugna al ordenamiento constitucional? Sencillamente, satisfacer ese desmedido afán de la Administración por controlar a toda persona que se halle en situación de inferioridad de condiciones. Para mayor información, léase la obra Vigilar y castigar, del sociólogo francés Michel Foucault.
¡Diosssssssssss! Resulta que he estado fuera de la ley, he sido prófuga del Inem sin saberlo. ¿Será también pecado mortal?. Y el papa, a quien tanto se le consulta para todo, en este país, ¿qué dice de ésto?. Me voy corriendo a ponerme el cilicio.
ResponderEliminarSalud, compañero.
Me parece increible que encima de estar en paro y no por gusto nos traten como a delincuentes y no podamos salir de España sin permiso. Y encima cobramos una miseria ¡que verguenza! somos victimas de especulaciones y de otras maniobras más o menos legales, pero es a nosotros a los que castigan y vigilan, como en tiempos de la dictadura.
ResponderEliminar"¿Que sentido tiene esta absurda norma administrativa que repugna al ordenamiento constitucional? Sencillamente, satisfacer ese desmedido afán de la Administración por controlar a toda persona que se halle en situación de inferioridad de condiciones."
ResponderEliminarYo pienso que sólo tiene un sentido: poner trabas a los españoles para dejar de pagarles su merecida prestación de desempleo y de paso restar parados de las cifras de que se publican cada mes.
Me acaba de pasar exactamente lo mismo. Tenía comprado un viaje a USA para 3 semanas y cuando voy al inem a solicitar la autorización (de la que ningún funcionario me había advertido cuando llamé al inem por teléfono) me dijeron que sólo podía estar 15 días naturales máximo. ¡Nadie me había informado!! Ahora o bien compro un billete - 3.000€ - para vernir a fichar al inem o bien pierdo el paro. ¡¡¡¡¡Inaceptable!!!
ResponderEliminarTotalmente de acuerdo con su opinión, pero....¿a qué viene la desconsideración hacia el colectivo de Vigilantes de Seguridad, dándonos los apelativos de "cutres" y "circenses"? ¿Qué tiene que ver el Vigilante de Seguridad (infórmese bien, la denominación de Guardia de Seguridad ya no existe, ya que tanto hace referencia a la Ley y a la Constitución, revise la Ley 23/92 de Seguridad Privada), en lo que el INEM hace o deja de hacer?
ResponderEliminarAh, claro, me olvidaba, desgraciadamente los tristes adjetivos que usted nos dedica, es lo que piensa de nosotros la mayoría de la sociedad. Ojalá no se vea usted en la necesidad de requerir nunca la ayuda de un Vigilante de Seguridad. Pero...si es el caso contrario, y se encuentra conmigo prestando servicio, tenga la absoluta certeza de que, a pesar de su lamentable pero a fin de cuentas respetable percepción de nuestra profesión, yo cumpliré con mi deber. No somos matones, somos por mucho que a usted le pese, 100.000 Vigilantes de Seguridad, cuyas familias, al igual que la suya, tienen por costumbre el comer todos los días.
La verdad es que estamos controlados, por activa o por pasiva. ¿libres? no sé...¿la libertad es una cuestion de dinero? a más dinero o posición más libertad...
ResponderEliminarMi caso es de juzgado. Me entero por una amiga de que para viajar al extranjero cobrando la prestación por desempleo tengo que pedir una autorización en el INEM.Pues la pido, pero en ningún momento en el INEM se me informa que a la vuelta del viaje tengo que comunicarlo al INEM, como si fuera un delicuente, encima. Como no tengo ni la menor idea, vuelvo del viaje y no lo comunico. Cual es mi sorpresa que en mes siguiente al cobro de la prestación no la recibo. Me pongo en contacto con ellos, y por supuesto unos a otros se tiran la pelota, hasta que por fin se me comunica porque se me ha retirado. Por la "no" comunicación al INEM de mi regreso. Y para colmo encima se me penaliza y me restan por cobros indebidos, como los 15 dias al extranjero. Además de eso se contradicen, ya que al poco tiempo voy a fichar el paro. Asi es que todavía estoy en ellas. Pongo una reclamación, pero se me da de alta el día que voy al INEM, pero me han quitado de prestación casi 2 meses. Así que como el refranero español dice: "Encima de puta, pon la cama". Ahora me toca interponer un recurso contra el SPEE. Además de estar en el paro, hacen de nosotros lo que quieren.....estoy de acuerdo en que se vulnera el art.14 de la Constitución........
ResponderEliminarDios mio, que pena de pais!!!!!!!!!!!!
Efectivamente esto es un atropeyo y además esta normativa carece totalmente de sentido común.
ResponderEliminarEn mi caso yo quería viajar al extranjero para aprovechar el tiempo estudiendo inglés y es que resulta que es más digno y está menos perseguido estar en casa sin hacer nada que salir a mejorar tu formación.
Imaginemos el caso de un cirujano que se queda desempleado y quiere ir a Estados Unidos para formarse en una determinada operación que le va a aportar unos conocimientos que a su vez le van a permitir encontrar trabajo más pronto, ayudar a la sociedad y dejar de cobrar el paro más temprano... Pues NO, es más productivo que este señor se quede en su casa esperando a que los señores del INEM le manden una carta. RIDÍCULO.
He oido algunos comentarios del tipo... si usted estuviera en una empresa no le darían permiso para marcharse y bien, si estuviera en una empresa estaría TRABAJANDO y además si tuviera un puente de 4 días (que al estar las empresas cerradas no puedes buscar trabajo) se me permitiría viajar al extranjero o donde me diera la gana.
Podemos dar gracias que cuando vamos a inscribirnos al Paro no nos retiran el pasaporte (como a los delincuentes)
Al Señor vigilante de Seguridad:
ResponderEliminarTiene usted toda la razón, no se puede juzgar a todo el mundo por el mismo rasero, pero déjeme que le diga una cosa.
Ser amable y educado no es incompatible con la realización del trabajo de Vigilante de Seguridad y usted sabe perfectamente aunque todo el mundo no es igual, el porcentaje de personas maleducadas, que te hablan con desprecio y que parece que te están perdonando la vida cuando hablas con ellos dentro del colectivo de los Vigilantes de Seguridad es demasiado elevado o al menos a mi me lo parece.
Es por tanto que creo que usted tiene toda la razón de estar ofendido porque posiblemente usted sea de otra manera, pero haga también un poco de autoreflexión y autocrítica y reconozca que por desgracia lo normal es no encontrarse con personas de su talante.
Ola buenas!Necesito ayuda por favor...hoy me he llevado un gran disgusto..Resulta que me mandaron una carta del paro para presentarme a una entrevista d trabajao en un Inaem y la carta me la han echado hoy al buzon.El cartero debio de exarlas a otra persona y han aparecido todas las crtas en el buzon...Ya no tengo derecho a cobrar el apro o me daran un toque??Estoy muy disgustada...Porfavor a ver si alguien me puede ayudar.Gracias.Soy de zaragoza y es la primera vez que me pasa algo asi.Gracias.
ResponderEliminarLa verdad, es que no entiendo como un funcionario del estado, por muy alto cargo que tenga, se le ha ocurrido tenernos a los del "PARO", RETENIDOS en nuestro País, como DELINCUENTES, los únicos que pueden hacer esto, son los Jueces, y con motivos justificados, A DELINCUENTES.
ResponderEliminarEn mi caso quiero desplazarma al extrangero para poder encontrar TRABAJO, ya que en ESpaña, no hay, ni se le espera
Un abrazo para todos los parados y delincuentes para el INEM
La prestación por desempleo no es un sueldo del Estado, sino una prestación temporal para la cobertura de la situación de necesidad provocada por la pérdida del empleo, hasta que encuentre otro. Para cobrar, el parado firma un compromiso de búsqueda activa de empleo. Y es incompatible buscar activamente empleo en España (el país que te paga la prestación) con irte un mes a la Pampa, por decir algo
ResponderEliminarPor cierto, si es inconstitucional, no veo por qué no dirigir una queja al Defensor del Pueblo y que presente recurso ante el Tribunal Constitucional. No tengo dudas respecto a la constitucionalidad de este requisito, de lo que dudo es de que efectivamente la gente que cobra desempleo le vaya efectivamente a pedir permiso al INEM para salir del país
ResponderEliminarsi algo he aprendido en esta vida es que las leyes las hacen los ricos para ellos, se hace una constitucion española y luego con otras leyes se le dan patadas y no pasa nada, y ponte a reclamar y veras, mas de uno te miraria como si fueras un loco, o un revolucionario que va contra el sistema, un sistema que te quita de libertades.
ResponderEliminaryo tengo un grave problema... hace 3 años me case con mi marido en el extranjero...desde entonces estoy luchando con la burocracia y gastando mi sueldo de mileurista en abogados para que me acepten el matrimonio en españa, ya que segun me comenta la abogada, en la situacion de crisis actual es muy comun y tengo que esperar a que me respondan el recurso. Por ley, el recurso presentado deberian responderlo en 3 meses pero tardaran un año y medio... EN fin...en varias ocasiones me habia planteado irme alli a pasar la espera pero por miedo a perder mi empleo y no poder encontrar otro a mi regreso y ademas ser el de mi marido un pais subdesarrollado no lo hice...pues bien ahora mi empresa esta despidiendo trabajadores y creo que pronto sera mi turno y me encuentro con un grave problema...estare en el paro y si quiero cobrar debo permanecer en mi casa encerrada esperando una llamada porque sino pierdo mi derecho a prestacion... si me voy con mi marido para intentar hacer una vida alli puedo parar mi prestacion pero solo entramitar mi residencia alli demora poco mas de 3 meses!! de que se supone que voy a vivir??? es increible! he aguntado separada de mi marido con el unico objetivo de mantener mi empleo, cosa que demuestra que quiero y necesito trabajar y no me dan ninguna solucion. Ni me dejan traer a mi marido ni me dan facilidades para estar con el..
ResponderEliminar¿Y que pasa si la persona que cobra el Subsidio es un prejubilado, al que ni su empresa, ni su sindicato le advirtio de semejante impedimento al firmar su finiquito?
ResponderEliminarSi es prejubilado, no va a buscar trabajo activamente, ja, ja, ja....
¿Es que no tiene derecho a pasar 30 días de Vacaciones en el extranjero?
Surrealista:
ResponderEliminar1º- El control de la "empresa Administración" no puede estar por encima de Derechos fundamentales y de librecirculación.
2º- Derecho a recibir formación e instrucción en un mundo globalizado (idiomas, otros mercados laborales)
3º- Derecho al disfrute y ocio o vida familiar conjunta de viaje.
Buenos días.
ResponderEliminarMe gustaría que alguién me pudiera contestar a mi pregunta. Mi caso es el siguiente. Después de enterarme por otra persona,como la mayoría de la gente (ya que cuando te das de alta en el paro no te indican nada de esto), pedí la solicitud para poder salir al extranjero por un periodo inferior a 15 días. Cuando la solicité, le pregunté a la señorita que me atendió, si esto me afectaría a la hora de cobrar el paro y ella me contestó que no, que seguiría cobrando lo mismo.
El caso es que lo hice todo correcto, tanto al irme como al llegar, tal como te indican y la sorpresa es que al cobrar este mes, me doy cuenta que me han pagado de menos los días que estuve fuera. ¿Esto es así? porque la señorita no me dijo nada al respecto.
No nos quedemos asi criticando. Hay que unirse y acabar con esto
ResponderEliminarEntiendo su indignación, pero tiene su lógica. El desempleado tiene obligación de realizar una búsqueda activa de empleo y responder a aquellas ofertas que se le realicen (evidentemente ahora son pocas o ninguna, por desgracia). No se le restringe el derecho a la libre circulación más que a un trabajador que tiene que ir a trabajar. No es que no tenga derecho a salir del país, es que no tiene derecho a cobrar una prestación de un Estado estando fuera de ese Estado. Por ahí comentaban el supuesto de un médico que se quisiera formar; existen varios supuestos bajo los que se puede interrumpir una prestación hasta un año sin perder los derechos: para realizar estudios, para colaboración en ONG´s y para buscar empleo. Incluso, si se traslada a un país de la Unión Europea puede pedir la exportación de su prestación hasta 3 o 6 meses. Dicho esto, me parece que debería permitirse que una persona interrumpiese una prestación cuando quiera para ir al extranjero (sobre todo en caso de ciudadanos extranjeros que van a visitar a su familia, cuyo caso es mucho más complicado que el de un español que se va de vacaciones) y la reanudase al volver. Pero presentarlo como una coartación del derecho a la libre circulación me parece una interpretación maniquea, ya que el problema es que se deja de cumplir uno de los requisitos básicos para ser perceptor de prestaciones, que es el estar buscando empleo.
ResponderEliminarEstoy en tu misma situación. Después de hablar con abogados, además de perder el trabajo que ya es triste, te toc a perder el dinero. Que país mas triste.
EliminarY si no informamos al INEM de la salida al extranjero, como se pueden enterar?
ResponderEliminarSegún a que país se va, por el pasaporte, y si se hiciese algún control en ese tiempo también se detectaria al no acudir al control, así como si ocurriese algún accidente, como por ejemplo el Juan C., etc.
ResponderEliminarHola buenas,,,, espero que alguien que sepa del tema me conteste,,,me caso el 30 de junio ,ya tengo el viaje pagado desde febrero , mi mujer se quedo en paro ayer ,resulta que va al paro a solicitar el paro y les dice que va a salir de viaje a estados unidos por 20 dias y que ya lo tenia pagado y contratado por el viaje de novios y le dicen que de eso nanai , que solo puede salir del pais 15 dias y que si se va tiene que notificarlo y que ademas si se enteran de que pasan 15 dias y no pasa por el paro a firmar le quitaran los 24 meses de paro que tiene .
ResponderEliminar1 Pregunta : Como puedo hacer para poder ir a mi viaje de novios los 20 dias ?
2 Pregunta : Se tienen que hacer cargo de la cancelacion del viaje ya q mi mujer cuando lo pago estaba trabajando?
3 Pregunta : A donde puedo acudir para poder presentar de que lo tengo todo pagado desde hace un tiempo y que me den ese permiso de 20 dias sin falta de cancelar el viaje?
gracias de antemano
ResponderEliminarvolky... esto es una mierda...intenta disminuir el viaje...o? q le hagan un contrato de prueba y luego no la cojan ...y continue con el paro...luego...
ResponderEliminarQué verguenza, y después se quejan que la gente engañe, para una miseria que se cobra hay que pedir permiso para todo. El problema es que se olvidan que nos pagan con lo que hemos cotizado. Esto nos pasa por por aceptar que nos digan que nos regalan algo a lo que tenemos derecho.
ResponderEliminarQue pasaría si no pagásemos el sueldo a los políticos, les falta a ellos para comer?